Kit Digital – Ayudas Digitalización pymes
Ayudas a la digitalización
El Kit Digital consiste en un bono de 12.000€ para las empresas de entre 10 y 49 empleados. En esta primera fase solo podrán recibirlo las empresas que no tengan un alto nivel de digitalización.
Las empresas de entre 3 y 9 empleados disfrutarán de un bono de 6.000€, mientras que las empresas o microempresas de entre 0 y 2 empleados recibirán 2.000€.
Las empresas tienen que inscribirse en el portal Acelera Pyme y podrán contratar los servicios a partir de febrero de 2022.
Agentes digitalizadores | Meses de prestación de los servicios | Empresas de entre 10 y 49 empleados | Empresas de entre 3 y 9 empleados | Empresas de entre 0 y 2 empleados |
Sitio web y presencia en Internet | 12 | 2.000€ | 2.000€ | 2.000€ |
Comercio electrónico | 12 | 2.000€ | 2.000€ | 2.000€ |
Gestión de rrss | 12 | 2.500€ | 2.500€ | 2.000€ |
Gestión de clientes | 12 | 4.000€ (incluye 3 usuarios) | 2.000€ (incluye 1 usuario) | 2.000€ (incluye 1 usuario) |
Business Intelligence y Analítica | 12 | 4.000€ (incluye 3 usuarios) | 2.000€ (incluye 1 usuario) | 1.500€ (incluye 1 usuario) |
Gestión de procesos | 12 | 6.000€ (incluye 10 usuarios) | 2.000€ (incluye 1 usuario) | 500€ (incluye 1 usuario) |
Factura electrónica | 12 | 1.000€ (incluye 3 usuarios) | 1.000€ (incluye 3 usuarios) | 500€ (incluye 1 usuario) |
Servicios y herramientas de oficina virtual | 12 | 250€ / usuario (hasta 48 usuarios) | 250€ / usuario (hasta 9 usuarios) | 250€ / usuario (hasta 2 usuarios) |
Comunicaciones seguras | 12 | 125€ / usuario (hasta 48 usuarios) | 125€ / usuario (hasta 9 usuarios) | 125€ / usuario (hasta 2 usuarios) |
Ciberseguridad | 12 | 125€ / dispositivo (hasta 48 dispositivos) | 125€ / dispositivo (hasta 9 dispositivos) | 125€ / dispositivo (hasta 2 dispositivos) |
*La primera convocatoria de ayudas, con una inversión de 500 millones de euros, está destinada para pymes de entre 10 y 49 trabajadores.
¿Qué requisitos tienen que cumplir las empresas para beneficiarse del Kit Digital?
Para ser beneficiarias del bono Kit Digital las empresas tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
- Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme. Ver aquí: ¿Quieres conocer el grado de digitalizacion de tu pyme? | Acelera pyme
¿Cómo se pide el Kit Digital?
Las empresas que quieran beneficiarse del bono de digitalización tendrán que inscribirse en el portal Acelera Pyme.
En esta plataforma, se realizará un test de autodiagnóstico al que podrán acceder todas las pymes para conocer cómo es el estado de digitalización de la misma y descubrir en qué aspectos debe mejorar.
Este test será un paso previo a la solicitud de las ayudas para mejorar la transformación digital.
La solicitud tendrá varias fases que se irán convocando hasta el año 2023 y se realizará mediante la cumplimentación de un formulario automatizado en la sede electrónica que se determine en cada convocatoria (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme).
Este formulario incluirá:
- NIF del solicitante.
- Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
- Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
- En su caso, autorización del representante voluntario.
Una vez que la pyme reciba el bono digital tendrá 6 meses para usarlo en hasta 5 servicios de un año de duración.
La ayuda se abonará en 2 partes. En la primera, la pyme recibirá el 70% del dinero en el momento en el que realice la compra del servicio, excepto en las soluciones de gestión de redes sociales donde la cuantía corresponderá al 40%.
El restante 30% y 60% en el caso de la gestión de redes sociales, lo obtendrá cuando pase el periodo de uso para cerciorarse de que el dinero se ha empleado para la digitalización de la pyme y no para otras necesidades.
¿Cuándo podrán beneficiarse las empresas del bono Kit Digital?
Para ejercer el derecho de cobro de la subvención del Kit Digital, la empresa beneficiaria tendrá que seleccionar y contratar la solución digitalizadora que más se adapte a sus necesidades.
Después, tendrán que formalizar un acuerdo de prestación.
El plazo máximo para formalizar el acuerdo de prestación será de 6 meses desde que se notifique la resolución de concesión de la ayuda.
La empresa podrá formalizar acuerdos de prestación hasta agotar el importe total de la subvención concedida.
- Convocatoria: https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-destinadas-la-digitalizacion-de-empresas-del-segmento-i-entre
- Más información: https://acelerapyme.gob.es/kit-digital
- Guía rápida (PDF): Kit Digital, guía pymes